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martes, 7 de junio de 2011

Tyrius advierte de intentos de #phishing suplantando a la Agencia Tributaria

La organización ha informado en un comunicado de que Hacienda ha detectado la existencia de cartas recibidas por contribuyentes solicitando una determinada suma de dinero para proceder al registro intracomunitario de la empresa (Registro de Operadores Intracomunitarios - ROI).
El sistema consiste en que se envía un e-mail con el logotipo de la Agencia Tributaria (AEAT) donde se le comunica al destinatario que tiene una devolución tributaria pendiente y le redireccionan a una página web que imita a la de la Agencia Tributaria.
En esa página simulada aparece un formulario para rellenar, donde se le piden los datos de la tarjeta de crédito o cualquier otro dato personal.
En este sentido, la Agencia Tributaria a través de su web ha advertido de que ellos nunca envían un e-mail para pedir datos de los contribuyentes y que tampoco pagan devoluciones con abono a tarjetas de crédito.
Así mismo, insiste en que el dominio que figura en esa página web no es el de la Agencia Tributaria y señala que los dominios reales de la Agencia Tributaria son: www.aeat.es, www.agenciatributaria.es y www.agenciatributaria.com.
También señala que el acceso a la Sede Electrónica debe hacerse a través de los dominios: www.agenciatributaria.gob.es, www1.agenciatributaria.gob.es, www2.agenciatributaria.gob.es, www1.aeat.es, www2.aeat.es, www3.aeat.es, www4.aeat.es, www5.aeat.es y aeat.es.
Tyrius recuerda que, en caso de duda sobre la autenticidad de cualquier e-mail o sitio de Internet que afirme estar remitido o ser propiedad de la Agencia Tributaria, se contacte con el Centro de Atención Telefónica (901 200 347) de la Agencia Tributaria, para verificar su autenticidad.
La Agencia Tributaria recuerda que ni la propia Agencia ni las instituciones de la Unión Europea cobran importe alguno por tramitar la inclusión en el ROI, como, en general, por ninguno de los servicios de asistencia que prestan.
Para acceder al ROI los obligados tributarios únicamente deben solicitar, gratuitamente, mediante la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (modelo 036), la inclusión o la baja en el Registro de Operadores Intracomunitarios. EFE

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